Prólogo – Actas del Consejo Ejecutivo
Prólogo - Actas del Consejo Ejecutivo
Hoy, la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación, fiel en su lucha por perpetuar la historia legislativa y constitucional de Puerto Rico, nos da la oportunidad de evaluar y reflexionar sobre la implantación de la Ley Foraker en la Isla y comprender las luchas que libró tanto el pueblo como la clase política del país contra la implantación de un nuevo régimen colonial – conflictos que aún hoy, 120 años más tarde, aún se nos hacen palpables.
La incertidumbre de la implantación de políticas públicas y administrativas distintas, la fragilidad e inestabilidad de un sistema gubernamental administrado por extranjeros con intereses propios de la metrópolis, así como el desfase y enfrentamiento cultural entre el ‘ellos’ y ‘nosotros’, nos pone en perspectiva los retos a los que no tan solo se enfrentó nuestro pueblo, sino también un puñado de puertorriqueños que tenían en sus manos la gesta de representar los intereses de los puertorriqueños ante esta Cámara Alta.
Estas actas desvelan la dualidad legislativa y administrativa del Consejo Ejecutivo, cuya naturaleza impedía -hasta cierto punto- una separación del poder legislativo y el poder ejecutivo, lo que, a su vez, contrario a lo que se planteaba de que era un sistema de pesos y contrapesos, despojaba en cierta manera a la Cámara de Delegados de un poder legislativo pleno y representativo de los intereses del pueblo.
La delegación puertorriqueña del Consejo Ejecutivo tuvo un rol importante en impartir la visión criolla a un cuerpo compuesto en su mayoría por norteamericanos. Representaba este Cuerpo no tan solo la imposición del nuevo régimen colonial sino la visión imperialista de la época – que lamentablemente aún permea en la mente de muchos –de que los subalternos no estaban a la estatura intelectual de la metrópolis y no eran capaces de regir su propio destino por sí mismos. ¡Cuán equivocados estaban!
El experimento colonial apenas comenzaba. Estados Unidos recién se estrenaba en este escenario imperial y no tenía una estructura administrativa que pudiera replicar bajo las características únicas de los territorios. Por su parte, Puerto Rico venía de haber estado bajo el régimen colonial español y apenas había podido saborear su autonomía por unos cuantos meses. Sin duda, después de dos años de régimen militar, los anhelos de cambio aún permeaban y, de cierto modo, se fijaron las esperanzas en la composición del nuevo gobierno civil. Es precisamente ante este escenario que la participación puertorriqueña en el Consejo Ejecutivo tiene un rol determinante, tal como se demuestra a través de estas actas.
La tenacidad de figuras de la talla de José Celso Barbosa, Manuel Camuñas, Rosendo Matienzo Cintrón, José de Diego, Andrés Crosas, Rafael del Valle, quienes fungieron como los primeros puertorriqueños designados al Consejo Ejecutivo, se muestra en las posturas ante el pleno del Consejo. De igual manera, los que les sucedieron, José Guzmán Benítez, José Gómez Brioso, Martín Travieso Jr., Herminio Díaz Navarro, Luis Sánchez Morales – quien fue el primer puertorriqueño en presidir el Consejo Ejecutivo, Francisco de Paula Acuña, Juan Vías Ochoteco, Antonio R. Barceló y Tulio Larrinaga, marcaron defensa por el devenir político de nuestro pueblo.
La alteridad de visiones y propósitos dentro de este grupo de puertorriqueños muchas veces propició encontronazos y discusiones entre ellos, como el ocurrido en la comisión especial para atender el asunto de las elecciones de noviembre de 1900, donde los representantes de los partidos federal y republicano locales se enfrentaron por los informes presentados respecto a la distribución electoral. Pero esta fue solo la primera de muchas discrepancias a lo largo de los 17 años que duró el Consejo Ejecutivo. Sin embargo, aún con todas estas desavenencias y fricciones políticas – que hasta a veces provocaron la salida de alguno de los miembros del Consejo Ejecutivo y ganaron duras críticas a los demás miembros del Consejo– indudablemente se imponía entre los representantes locales un espíritu de país.
La responsabilidad de este cuerpo legislativo no fue poca. Los miembros del Consejo Ejecutivo tuvieron sobre sus hombros el diseñar y crear el andamiaje gubernamental de principios de siglo XX, crear un nuevo código político, establecer un sistema de impuestos y poner en marcha el proyecto de americanización en todas las esferas, entre otros. Sin duda, uno de los retos más grandes adaptar de manera inmediata el antiguo sistema de derecho español a las nuevas realidades y códigos del sistema norteamericano y rediseñar el sistema de justicia de manera que se asemejara a la estructura del sistema judicial de Estados Unidos. Este andamiaje dio paso a la creación del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Puedo encontrar al leer estas actas del Consejo Ejecutivo gran similitud en las responsabilidades del Senado de Puerto Rico del 2020. Al igual que lo hizo nuestro órgano antecesor, hemos tenido la gran tarea de rediseñar el sistema gubernamental puertorriqueño para ajustarlo a los nuevos tiempos.
Por otra parte, los asuntos administrativos, los reclamos municipales, el código y la distribución electoral, la distribución de fondos para proyectos de desarrollo urbano, las necesidades de mejoras en la educación y la infraestructura, siguen siendo a mayor o menor escala muy similares a los que atendemos diariamente en nuestro Senado.
Sin embargo, en otros casos, hay diferencias. Por ejemplo, la dualidad administrativa y legislativa del Consejo Ejecutivo les obligaba a inmiscuirse en asuntos tan determinantes como la autorización de las franquicias, privilegios y concesiones, de las cuales tenían control absoluto. Entre su deber estaba tomar decisiones sobre a quiénes se les otorgaban las franquicias para proyectos que sus propias agencias – en el caso de los miembros del gabinete constitucional –propulsaban o tenían injerencia, lo que crea un cuestionamiento sobre entre la función dual, de carácter ejecutivo y carácter legislativo, de este cuerpo.
Tener la oportunidad de observar los contrastes entre el antes y ahora es pertinente para darnos cuenta cuánto hemos avanzado, no tan solo en términos de administración pública y representación en la toma de decisiones que nos afectan como pueblo, sino también en el ámbito de los derechos civiles y participación ciudadana.
Por ejemplo, en agosto de 1900 se propuso la primera división territorial electoral por distritos y la ley electoral bajo la Ley Foraker de cara a las primeras elecciones bajo esta ley. Entonces había tan solo cerca de 954 mil electores y hoy tenemos 2.3millones de electores hábiles. La ley electoral de 1900 solo permitía el voto a los electores mayores de 21 años, que pudieran leer y escribir, fueran propietarios o formaran parte de una sociedad o corporación, y tuvieran propiedad a su nombre cuyo valor excediera los 25 dólares. Además, la propuesta del Consejo Ejecutivo, entonces, fue la división de la Isla en siete extensos distritos que constaban de cinco representantes electos cada uno. Resulta interesante de esta propuesta que el propio Consejo tenía control sobre la composición, selección, términos y vigencia de los miembros de la Cámara de Delegados, lo que convertía a este último cuerpo en rehén del propio sistema electoral establecido. ¡Cómo contrasta con los derechos que hemos adquirido y cómo hemos ampliado el alcance de nuestro propio sistema electoral!
En nuestro análisis, desligarnos de la función dual del Consejo Ejecutivo es imposible, pues las actas nos llevan una y otra vez a evaluar las ejecutorias de dicho cuerpo en virtud de su naturaleza de facto como brazo del gobernador y del gobierno federal. Sin duda, el ejercicio del poder casi absoluto de este cuerpo en materia legislativa, así como su simultáneo control del aparato gubernamental fortaleció la necesidad de crear un cuerpo verdaderamente representativo que actuara como contrapeso de la Cámara de Delegados, que finalmente se logra con la creación del Senado de Puerto Rico en 1917.
La soslayada pero constante sujeción de la Cámara de Delegados al Consejo Ejecutivo propició una resistencia por parte del cuerpo hermano y una petición de mayor representación puertorriqueña en los asuntos medulares. Y aunque vemos cómo no obstante la presión y los posibles costos políticos que pudiera tener enfrentarse al gobernador y al Consejo Ejecutivo en algunas instancias no le impidió a dicho cuerpo tomar posturas firmes como las que desembocaron el impasse presupuestario de 1909, más que todo, nos hace refrendar la importancia de la bicameralidad en nuestro sistema legislativo y que no necesitamos de un órgano externo que imponga y limite nuestras capacidades de administrar nuestro destino.
Las actas del Consejo Ejecutivo que a bien tenemos ante nuestra consideración nos presentan una clara radiografía del Puerto Rico de principios del siglo XX pero también nos cuestionan nuestra propia realidad actual. Es nuestro deber como puertorriqueños estudiar y entender nuestros adelantos y retrocesos, nuestros éxitos y desaciertos. Estudiar la evolución de nuestro sistema de gobierno y nuestras instituciones nos permite repensar nuestro presente y diseñar nuestro futuro. Las actas del Consejo Ejecutivo junto con las actas de la Cámara de Delegados publicadas por la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación son un buen punto de partida para comenzar nuestra reflexión.
Thomas Rivera Schatz
Presidente del Senado de Puerto Rico
Noviembre de 2020