La maleable y perversa cláusula territorial otra vez ante el Supremo federal
por Carlos E. Ramos González
miércoles, 11 de enero de 2023
La maleable y perversa cláusula territorial otra vez ante el Supremo federal
Cuando se argumente ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos el caso del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) contra la Junta de Supervisión Fiscal, una vez más se estará dilucidando cuán maleable es o puede ser la cláusula territorial (conocida también como la “cláusula de propiedad”) de la Constitución de los Estados Unidos. Desde el Tratado de París de 1898, el Congreso ejerce su poder constitucional sobre Puerto Rico a través de esta fuente de poder.
Por supuesto, el litigio busca hacer valer el derecho de acceso a información pública que cobija el derecho constitucional puertorriqueño. A esta defensa se han unido de forma contundente este mismo periódico e importantes entidades y personas de Puerto Rico y los Estados Unidos. De otra parte, en apoyo a los reclamos de los secretos de la Junta, solo ha acudido el gobierno permanente federal representado esta vez por la administración del presidente Joe Biden. Este gobierno ha reafirmado sin tapujos que “el Congreso tiene el poder plenario de organizar todo el gobierno de Puerto Rico”. La rama ejecutiva del gobierno electo de Puerto Rico decidió quedarse en silencio.
Pero si estamos ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos es por la existencia de Promesa y el ejercicio del poder de una junta no electa que nos gobierna. Obsérvese que he evitado adjetivar esta “junta” como “federal” o del Congreso, aunque dudo exista persona alguna en o fuera de Puerto Rico que no perciba la verdadera naturaleza de esta entidad.
Pues he ahí su perversidad: la ley crea un organismo adscrito al gobierno de Puerto Rico, con capacidad de anular las leyes aprobadas por nuestros legisladores electos. Es financiada por los contribuyentes de nuestro país y representa los “intereses” de Puerto Rico en el proceso de restructuración de deuda ante el Tribunal federal. Aún más: esta Junta solo puede ser demandada en la jurisdicción federal. Sin embargo, “esta parte” del gobierno de Puerto Rico ha acudido al Tribunal Supremo reclamando su derecho a seguir actuando en secreto y a oscuras. Lo hace en claro menosprecio al derecho constitucional a acceso a información pública sobre las comunicaciones que se producen por virtud de fondos del erario del gobierno de Puerto Rico. De hecho, adentrarse en la estructura “awkward” (¿complicada o tramposa?) de esta entidad es medular para resolver la controversia judicial. La adjetivación en inglés es la adoptada por la jueza Taylor Swain cuando ha intentado describir su andamiaje jurídico.
¿Cómo pudo el Congreso crear una entidad federal pero estatal a la vez con derecho a reclamar no ser demandada al estar cobijada por una inmunidad soberana federal concebida constitucionalmente solo para proteger al gobierno federal? ¿Por qué esa Junta puede acentuar su condición de entidad del gobierno de Estados Unidos, inmune por ello a ciertas reclamaciones judiciales federales, pero a la vez escudarse en que son parte del gobierno territorial para tampoco ser demandada por estar protegida también por una “inmunidad soberana territorial”? ¿Cómo puede este cogobierno federal de Puerto Rico acudir al Supremo federal en nuestro nombre para proteger sus secretos contra el derecho de acceso a información pública de los que aquí habitamos?
La razón fundamental para ello no se encuentra en los tecnicismos de la complicada jurisprudencia sobre el tema de la defensa de la inmunidad constitucional. Es más: ni siquiera aparece en los afanes oscurantistas de la Junta. Su motivo para existir solo lo encontramos en el ejercicio del poder del Congreso al amparo de una cláusula territorial que es maleable y perversa.
Este pleito sirve para crear más conciencia de nuestra vulnerabilidad frente al abuso de la metrópolis. Con independencia del resultado judicial, ya es un logro amargo.
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