Tercera Asamblea Legislativa – Sesión Extraordinaria

Actas de la Cámara de Delegados de Puerto Rico 1905 - 1906

Tercera Asamblea Legislativa

Sesión Extraordinaria
5 de julio 1906 a 14 de julio de 1906

Día 1
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico a los cinco días del mes de julio de mil novecientos seis, en atención a la Proclama del Honorable Gobernador de Puerto Rico, de fecha de 30 de junio, para una Sesión Extraordinaria, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados los señores siguientes:


Arrillaga
Coira
De Diego
González, Fernando
Romero Rosa
Soler Martorell


Aponte
Coll Cuchí
Franco Soto
González García
Ramos
Virella Uribe


Besosa
Carrión
Gandía Córdova
Méndez Serrano
Santoni
Vías Ochoteco


El Sr. Presidente ordena la lectura de la proclama, que es como sigue:

PROCLAMA

POR CUANTO, el Consejo Ejecutivo de Puerto Rico, adoptó una resolución el día veinte y uno de junio de 1906, solicitando del Gobernador de Puerto Rico convoque a una Sesión extraordinaria de la Asamblea Legislativa, para la consideración de ciertos asuntos relacionados con el puerto de San Juan, que envuelve el dominio y administración de la zona marítima del puerto por el Gobierno Insular y

POR CUANTO, los fines de dicha resolución son de gran importancia para el pueblo de BNMJ San Juan y para la Isla en general, y creyendo mejor servir los intereses públicos reuniendo la Asamblea Legislativa en Sesión extraordinaria para tomar en consideración los asuntos de que trata dicha resolución;

POR LO TANTO YO, Beekman Winthrop, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de la autoridad de que estoy revestido convoco por la presente, a Sesión extraordinaria de la Tercera Asamblea Legislativa de Puerto Rico, para reunirse en la ciudad de San Juan y la cual deberá empezar el jueves, día 5 de julio de 1906, al medio día con el siguiente objeto:

(1) Considerar los medios y arbitrios para proveer facilidades adecuadas, ascendentes al aumento del comercio en el puerto de San Juan.

(2) Adoptar un sistema de leyes de policía para la más efectiva regularización de los puertos de la Isla.

(3) Tomar en consideración algunas partidas para la fuerza de la Policía Insular para el año económico 1906-1907.

Beekman Winthrop
Gobernador de Puerto Rico

Se presenta una Comisión del Consejo Ejecutivo, compuesta de los señores Barbosa, del Valle y Díaz Navarro, manifestando el Sr. del Valle, que dicha Comisión viene a la Cámara para anunciar que el Consejo comienza sus trabajos.

El Presidente de la Cámara designó a los señores de Diego, Vías Ochoteco y Besosa para que, en Comisión, anuncien al Consejo Ejecutivo que la Cámara se halla constituida.

Regresa la Comisión y el Sr. de Diego manifiesta que el Consejo acordó se forme una Comisión mixta de la Cámara y del Consejo para que anuncie al Honorable Gobernador, que ambos cuerpos se hallan constituidos en Asamblea Extraordinaria.

Fueron designados los señores Arrillaga, Soler y Méndez Serrano, para que, en unión de los del Consejo, se vieran con el Honorable Gobernador, a los fines indicados.

Regresa la Comisión y el Sr. Soler manifiesta que el Hon. Gobernador enviará su Mensaje a las dos de la tarde.

A petición del Sr. Vías, se suspendió la Sesión, para continuarla a las dos de la tarde.

Reanudada la sesión a dicha hora, el Secretario pasó lista contestando los Delegados anteriores.

El Presidente ordena la lectura del mensaje del Hon. Gobernador, lo que hace el Secretario:

MENSAJE

El creciente comercio de Puerto Rico, cuyo desenvolvimiento tiene lugar en el puerto de San Juan, el principal de la Isla, ha hecho necesario que sea obrar con prontitud para proporcionar nuevas facilidades en materia de muelles y almacenes.  Hasta ahora, debido al hecho de que los terrenos sumergidos comprendidos en el área de los puertos de la Isla, habían sido reservados por el Gobierno Federal, no para realizarse la construcción de ningún muelle de espigón, sin la previa sanción del Congreso de los Estados Unidos. Dicho Cuerpo Legislativo durante su sesión actual, ha votado una Ley, cuyo texto he insertado al final, facultando al Secretario de la Guerra para permitir la construcción de muelles de espigón y malecones en los puertos de la Isla de Puerto Rico.  A instancia del Consejo Ejecutivo, en Asamblea Legislativa, ha sido convocada a una sesión extraordinaria, con el objeto de tratar acerca de la conveniencia de construir uno o varios muelles de espigón, costeados por el Gobierno; construir almacenes; dictar leyes para el mejor régimen de los puertos de la isla en general y para cualesquiera otras medidas que se consideren necesarias para crear facilidades adecuadas al comercio del puerto de San Juan

La necesidad de construir un nuevo muelle de espigón es manifiesta y es de desearse que se vote un crédito inmediatamente, y se concedan facultades a las autoridades gubernativas para la construcción de dicho muelle para uso público. En la actualidad existen varias líneas de vapores que no pueden disponer de facilidades para sus operaciones de carga y descarga, y que están sometidas a los gastos y demoras que aparejan efectuar dichas operaciones, permaneciendo sus barcos desatracados.

Se propuso que el muelle de espigón construido por virtud de una franquicia concedida por el Gobierno Insular en 1903, fuese comprado por el Gobierno. Como quiera que esta medida represente próximamente, el mismo desembolso del que exigiría la construcción de un nuevo muelle de espigón, este último parece más conveniente, atendida la circunstancia de que aumentarían en mayor grado las ventajas del puerto. Sea cual fuere el crédito que la Asamblea Legislativa estimase prudente asignar para las mejoras del puerto, debería dedicarse a crear nuevas facilidades con preferencia a adquirir las ya existentes. El comercio estaría mejor servido con dos muelles, aún cuando alguno de ellos sea de propiedad particular, que con uno solo, propiedad del Gobierno. Este criterio está robustecido con los acuerdos tomados recientemente, por la Junta de Comercio y por la Cámara de Comercio. Es esencial, sin embargo, que el Gobierno ejerza completo dominio sobre el muelle denominado del “Quatermaster”, actualmente en poder de la American Railroad Company por virtud de una concesión revocable que le ha sido otorgada y que dicho dominio se haga efectivo con la aplicación del Código Penal.

Las disposiciones vigentes para policía de puertos en la isla, resultan inadecuadas, toda vez que la Asamblea Legislativa no ha fijado en concreto, las penas que han de imponerse a los infractores.  Dichas disposiciones deben ser ampliadas, fijándose las penas que hayan de imponerse a los que las infrinjan.

El desembolso necesario para la construcción de un muelle de espigón y construcción de almacenes, pudiera autorizarse con cargo a los fondos procedentes del empréstito de un millón de dollars votado por la última Asamblea Legislativa (estimase prudente) digo, o pudiera también aumentarse dicho empréstito. Sin embargo, como quiera que el montante total del empréstito no se agotará si no hasta dentro de algunos años, parece conveniente que el muelle de espigón sea construido con los productos de dicho empréstito, lo cual es preferible a aumentar éste.  Si para la fecha en que se haya agotado este dinero, se considera conveniente aumentar la deuda de la Isla, esto podrá realizarse fácilmente, pero es preferible posponer ese aumento hasta que sea necesario, para de ese modo, no recargar las contribuciones de la isla.

Durante la última Sesión de la Asamblea Legislativa, fue votada una Ley autorizando aumentos en los salarios de los miembros del Cuerpo de la Policía Insular; pero el crédito asignado al Departamento de Policía, resultó insuficiente para hacer frente a estos aumentos. A menos que se vote una ampliación de crédito, no será posible aumentar ningún sueldo ni tampoco el número de policías.  Con una fuerza tan escasa como es la de 650 hombres, no es posible ejercer la necesaria vigilancia en toda la Isla.  Someto a la consideración de esta Asamblea Legislativa, la conveniencia de votar un crédito adicional para llevar a efecto el aumento autorizado por la Ley de la Asamblea Legislativa.

Beekman Winthrop
Executive House

El Sr. Besosa manifiesta que debe enviarse a las comisiones de Hacienda y Policía.

El Sr. Presidente dice que debe agregarse la Comisión de Legislación y la de Obras Públicas.

Intervienen en el debate los señores de Diego, Besosa y el Sr. Presidente.

El Sr. de Diego pide, secundado por el Sr. Vías, que se autorice el Speaker para que nombre del seno de la Cámara, una Comisión especial, que estudie e informe los particulares que contiene el Mensaje del Hon. Gobernador. Fue acuerdo.

El Sr. Presidente nombra las comisiones de Obras Públicas, Policía y Hacienda para que, unidas, formen la Comisión que ha de estudiar el mensaje.

A petición del Sr. Vías, se levantó la sesión, para celebrar la próxima el viernes, a las dos de la tarde.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


 

Día 2
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados, los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
de Diego
Gandía Córdova
González García
Soler Martorell
Vías Ochoteco


Aponte
Coira
Delgado
Giol
Ramos
Virella Uribe


Besosa
Carrión
Gandía Córdova
Franco Soto
González, Fernando
Santoni
Virella, Federico


Leída el acta de la sesión anterior, fue aprobada.

El Sr. de Diego, hace uso de la palabra, para manifestar que en estas sesiones, como extraordinarias que son, no deben aplicarse las reglas de la Cámara en sus sesiones ordinarias, y sí el Reglamento aprobado por la Cámara y puesto en uso en los últimos días de sesiones ordinarias. Fue acuerdo.

Bill en 1ª lectura: 

H. B. N° 1. Por el Sr. de Diego, Haciendo una asignación adicional para pago de sueldos de la Policía Insular.

El Sr. de Diego pide sea tomado en consideración por la sola lectura de su título.  Fue acuerdo.   

Se lee, por su título en 1ª y 2ª lectura.

A petición del Sr. de Diego, se acordó que este Bill pase a la Comisión de Hacienda, declarándose la Cámara en receso por quince minutos, para su informe.

Reanudada la sesión, leyó el Secretario el informe presentado por la Comisión de Hacienda, en el que se solicita la aprobación del Bill, sin enmiendas.

Puesto a discusión el informe de la Comisión, hacen uso de la palabra los Sres. de Diego, Vías, Bernardini y Santoni, proponiendo las siguientes enmiendas al “Bill: En la Sección 1ª, en lugar de la cantidad “(160,350)”, poner “(148,270)”.

Al final de la Sección 1ª, después de la palabra “Ley” agregar “y además 7,000 en adición a los gastos eventuales previstos en la referida Ley de Presupuestos”.

Puestas a votación estas enmiendas, fueron aprobadas. Votado el H. B. N° 1 con las enmiendas, fue aprobado en 2ª lectura.

El Sr. de Diego, pide se suspenda la sesión hasta el sábado, a las nueve de la mañana.  Fue acuerdo.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 3
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados, los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
Delgado
Giol
Méndez Serrano
Soler Martorell
Vías Ochoteco


Aponte
Coira
Franco Soto
González, Fernando
Romero Rosa
Virella Uribe


Besosa
de Diego
Gandía Córdova
González, García
Santoni
Virella, Federico


Leída el acta de la Sesión anterior, fue aprobada.

No habiendo asuntos de que tratar, el Sr. de Diego solicitó se suspenda la sesión hasta el lunes próximo, a las dos de la tarde.  Fue acuerdo.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 5
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados, los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
Carrión
Franco Soto
González, Fernando
Matienzo
Santoni
Virella, Federico


Aponte
Coira
de Diego
Gandía
González García
Romero Rosa
Soler
Vías Ochoteco


Besosa
Coll Cuchí
Delgado
Giol
Méndez Serrano
Ramos
Virella Uribe


Se dio lectura al Acta de la Sesión anterior, que fue aprobada.

El sargento de Armas, anuncia a la Cámara la visita del Honorable Elihut Root, Secretario de Estado del Gobierno de los Estados Unidos de América, acompañado del Honorable Gobernador de Puerto Rico, Beekman Winthrop, del Presidente del Consejo Ejecutivo, y varios señores más.

El Speaker de la Cámara los recibe y les invita a tomar asiento.

El Sr. de Diego saluda, en nombre de la Cámara de Delegados, al Hon. Secretario de Estado y solicita que, puestos de pie todos los Delegados, demuestren su satisfacción por tan digna visita, saludando al Honorable funcionario.

Fue acuerdo, y así se hace.

Continúa la sesión.

El Sr. Gandía Córdova, como miembro de la Comisión mixta nombrada por la Cámara de Delegados para el estudio del Mensaje del Hon. Gobernador, informa respecto a los trabajos de la misma y solicita se dé lectura al proyecto de Ley que dicha Comisión presenta a la Cámara.

Diose lectura a dicho H. B. N° 2 titulado: “Proveyendo para la mejora de los puertos de San Juan, Ponce y Mayagüez y para enmendar la ley titulada: Ley para autorizar la emisión por el Gobierno de Puerto Rico, de bonos montantes a un millón de dollars, y para otros fines”, aprobada en Marzo 8 de 1906; y el Sr. de Diego solicita pase a la Comisión de Legislación, para ser informada a la brevedad posible.

Fue acuerdo.

El Sr. Soler, debidamente secundado por el Sr. de Diego, pide se suspenda la sesión para celebrar la próxima mañana martes, a las diez de la misma.

Fue acuerdo.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 6
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón  

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados, los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
Carrión
Delgado
Giol
Méndez Serrano
Ramos
Virella Uribe


Aponte
Coira
De Diego
Franco Soto
González, Fernando
Medina
Santoni
Virella, Federico


Besosa
Coll y Cuchí
Domenech
Gandía
González García
Romero Rosa
Soler
Vías Ochoteco


Leída el acta de la Sesión anterior, fue aprobada.

El Secretario dio lectura a un mensaje del Hon. Gobernador de Puerto Rico que dice así:

MENSAJE
A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

De acuerdo con las prescripciones de la Sección 50 del Código Político, tengo el honor de recomendar que sea tomada en consideración, durante la sesión extraordinaria de la Asamblea Legislativa, actualmente en sesión, la enmienda temporal por el presente año económico, de la sección 83, de la Ley Municipal, aprobada en 8 de marzo de 1906.

Bajo la Ley actual, aparece en varios casos que, los ingresos de los municipios por el primer semestre del año económico anterior, no asciendan a la mitad de los ingresos por dicho año económico y que, como consecuencia de esto, los municipios no podrán presupuestar una suma que se aproxime a sus entradas.  Esto es verdaderamente deplorable, pues, en muchos casos, los ingresos de los municipios casi no son suficientes para cubrir sus necesidades. Los municipios, probablemente ejercerán mayor cuidado, en lo sucesivo, en el cobro puntual de las contribuciones vencidas durante el primer semestre del año económico, de modo que dicha sección no funcione con tanta dificultad. Recomiendo que se le conceda algún auxilio temporal a los municipios para que puedan formar sus presupuestos para el año económico 1906-1907.

Julio 10 de 1906
Beekman Winthrop
Gobernador

El Sr. de Diego manifiesta que tiene conocimiento de que un Delegado tiene presentado un Bill tratando del asunto que recomienda el Mensaje y es de opinión que, para ganar tiempo, debe tratarse en Comisión Total.

El Sr. Besosa se opone y pide pase el Mensaje a la Comisión de Legislación, para su informe.

Intervienen en este debate, además de los Sres. de Diego y Besosa, los Sres. Domenech y Soler, y se acuerda que pase a informe de la Comisión de Legislación el mensaje del Hon. Gobernador.

Diose lectura a un Memorial de la Cámara de Comercio de Ponce, que es como sigue:

A la Cámara de Delegados de Puerto Rico

San Juan, P. R.

Honorables señores:

Una proclama del Hon. Gobernador de la Isla convoca para una Sesión Extraordinaria a la Legislatura de Puerto Rico.

Son tales los términos de la convocatoria, que no harán aparecer importuna la intervención de la Sección de Ponce de la Cámara de Comercio de Puerto Rico.

El punto primero de los asuntos que han de tratarse en la Sesión Extraordinaria, no ha podido menos de llamar la atención de nuestras clases mercantiles, como habrá llamado seguramente, la de todos cuantos dedican alguna a los intereses públicos.

En efecto, cuando se conocen las pésimas condiciones de los puertos de la isla en general, y las excepcionalmente malas del de Ponce en particular, causa realmente impresión posible, el que se convoque de manera inesperada e insólita a los representantes de la Isla, para que se apresten a disponer del Tesoro Insular, a invertir el dinero de todos los puertorriqueños, a fin de “proveer de adecuadas facilidades al puerto de San Juan, para el aumento de su comercio”.

Pocos-o-nadie ignoran, Honorables señores que, a pesar de sus deficiencias, el único puerto de la isla o con condiciones de tal, es el de San Juan.

Tiene él espacioso y seguro fondeadero, y existen allí muelles para vapores y para embarcaciones de menor porte, mientras los demás de la isla se encuentran, todavía, en lo que podríamos llamar “estado primitivo”, como si la época del descubrimiento fuera de ayer, en vez de remontarse a más de cuatro centurias.

Y cuanto tal ocurre es que se convoca a una Sesión Extraordinaria a las Cámara Insulares; no para ver los medios de hacer algo en los puertos abandonados o sus condiciones naturales, sino para mejorar exclusivamente el único puerto en la isla que tiene ya mucho de lo que se estima necesario para que un puerto mercante sea considerado como tal, en los tiempos que alcanzamos.

Tal parece, señores Delegados, que en ese estado de impresionabilidad, del cual se hallan como apoderados los hombres del Gobierno Insular con motivo de rivalidades entre compañías de vapores, van olvidándose, no tan sólo los intereses generales de la isla, sí que también, los principios de pru-dente reserva, en que deben inspirarse los movimientos de todo Gobierno.

Si bien los puntos de la proclama no lo indican claramente, la opinión pública y la prensa periódica han anunciado ya que uno de los fines perseguidos, al convocarse a Sesión Extraordinaria es la construcción de un cuarto o quinto muelle en San Juan, el cual habría de estar bajo la intervención del Gobierno Insular.

Ante tal perspectiva y antes de entrar a reclamar, como Corporación Ponceña, lo que a los intereses del puerto de Ponce y a los de esta región, por ende, atañe, seamos permitido, Honorables señores Delegados, hacer la exposición franca y precisa del modo de pensar de esta Cámara en acto de tal naturaleza.

Aun cuando es cosa admitida que, en materia de puertos, a los gobiernos compete la mejora de aquellos, en sentido de asegurar perfecto abrigo a los barcos que a ellos acuden; de proveerlos de fondo y de las condiciones de alumbrado necesarios; estimamos que a esto queda limitada la acción del Go-bierno allí, donde el paternalismo tradicional y obstruccionista ha sucedido al individualismo, realizando los progresos de que se enorgullecen las sociedades modernas.

Como principio general, pues, nos manifestamos abiertamente contrarios a la intervención del Gobierno en materia de empresas de carácter público, como los muelles. En éstos, menos que ninguno, creemos en la eficacia o la acción gubernamental, y la consideramos más bien una demora ante las necesidades cada día más perentorias de la vida de los negocios.

Si la iniciativa individual realiza prodigios en todas partes; si a ella se debe el asombroso progreso de la nación americana y de cuantos otros pueblos excitan la admiración del mundo; si esa misma iniciativa individual ha creado el muelle de la New York & Puerto Rico S.S. Co, parecidas iniciativas crearán otros muelles, a medida que las necesidades del tráfico, así lo demanden.  Lo que sí es necesario es que a esa iniciativa individual no se pongan cortapisas de ningún género; que se faciliten, todo lo posible, las franquicias que del Consejo Ejecutivo se soliciten; que tales franquicias no resulten una carga para su poseedor por el exceso de trabas y que, a menos de faltas muy graves, en el cumplimiento de las cláusulas de una franquicia, se evite para siempre, que al concesionario pueda asaltarle nunca el temor de verse despojado de su empresa, en el momento que empieza a producirle los resultados y va a recoger, por tanto, el fruto de su iniciativa y del dinero en ella arriesgado.

Dada la trascendencia que, para las ciudades marítimas tiene la creación de buenos puertos y de facilidades para el embarque y desembarque de pasajeros y mercancías, somos de opinión que allí, donde por una causa cualquiera no puede ejercitarse la acción beneficiosa del Gobierno Federal, la Legislación Insular, hasta donde las Leyes se lo permitan, debe proporcionar amplia libertad a las municipalidades a fin de que, éstas puedan proveer a sus puertos de cuantas condiciones ventajosas crean necesarias, dentro de los límites de sus recursos.  En tal sentido, deberán hallarse autorizados los municipios para la contratación de empréstitos, especialmente destinados a mejorar sus puertos y a la construcción de muelles, los cuales, si no siempre e inmediatamente productivos, facilitan en grado sumo, el desarrollo de las ciudades-puertos de mar.

Pero si contrariamente a lo que nosotros sostenemos, la Asamblea Legislativa decidiera que el Gobierno Insular acometa empresa que, en nuestro sentir, debiera dejarse exclusivamente, a la iniciativa particular; sí, en una palabra a imitación de lo que hace el Gobierno Federal, por medio del Comité de Ríos y Puertos, el Gobierno Insular estuviese autorizado en lo sucesivo para dedicar su atención y sus recursos a los puertos de la isla, como lo hace para las carreteras insulares, por ejemplo, entonces la sección de Ponce  de la Cámara de Comercio de Puerto Rico, que se precia de representar altos intereses mercantiles y, necesariamente, grandes intereses colectivos, de esta porción de la isla, que ha llegado el momento de hacerse oír y de protestar de toda inversión de fondos insulares, especialmente destinados a proveer de un nuevo muelle al puerto de San Juan o la adquisición de alguno de los allí existentes.

Entendemos nosotros que, de acordarse por las Cámaras la inversión de fondos para atenciones de esa naturaleza, debe considerarse preferencia a otros puertos que no sean el de San Juan, ya que éste, como lo hemos demostrado más arriba, cuenta hoy con ventajas, de que carecen en absoluto, los demás de la isla. Es necesario detenerse a pensar, Honorables señores Delegados, que el puerto de Ponce representa por sí solo el cuarenta por ciento (40%) próximamente, del movimiento mercantil de Puerto Rico y sí algo se impone a vuestras determinaciones es ciertamente el derecho que tiene la segunda ciudad de la isla a ser la primera en beneficiarse de toda Legislación insular tendente a dedicar fondos al mejoramiento de los puertos de la isla.  No nos mueve a formular esta pretensión, ningún apasionamiento local, ella nace sencillamente, del hecho indiscutible y, por todos aceptado, de que ninguno de los demás puertos de la isla, siente tan intensamente como el de Ponce, la necesidad de la intervención del Ingeniero.

Dentro de poco, los actuales muelles, llamados de ancones, resultarán inaccesibles aún a éstos, porque el fondo de sus orillas se va reduciendo en proporción alarmante y hoy día en que, el paso de la barra, como regularmente se la designa, se hace casi imposible, dificultando así el movimiento de carga y descarga.

No queremos insistir más, Honorables señores Delegados, la Cámara de Comercio de Ponce confía en que resolveréis esta cuestión con la calma y la alteza de miras, propias de las Asambleas que, nacidas del sufragio popular, sienten al unísono de sus representados; tenemos confianza en primer término de que no incurriréis en el error de confiar al gobierno el manejo de servicios que, así en los puertos de la Metrópolis, como en los de casi todos los países, cuando no encomendados a los particulares, dependen, por lo general, de los municipios respectivos.  En segundo término confiamos que, de votarse la apropiación de suma de dinero para los fines de puertos y muelles, se hará  ella en forma tal, y en la cuantía necesaria, para que entren a disfrutar los primeros de los beneficios de la Ley que se promulgue al efecto, aquellas ciudades marítimas totalmente desprovistas hoy de las ventajas que brindan a los viajeros y al comercio universal, aquellos puertos que, en sus faros, sus fondeaderos y sus muelles, ofrecen el espectáculo hermoso del verdadero progreso.

Ponce, Puerto Rico, a
4 de julio de 1906
(Firmado) Carlos Armstrong

Se da lectura al siguiente telegrama de Ponce:

Ponce, P. R.
9 de julio 1906 

Presidente de la Cámara de Delegados
San Juan, P. R.

Comercio Ponce protesta de toda inversión fondos insulares para mejorar exclusivamente puerto San Juan. Nos adherimos memorial presentado Cámara de Comercio Ponce Asamblea Delegados. No vacilamos calificar injusticia toda resolución contraria emanada de esa Cámara.

Roberto Grahame, S. Vive, Suc. de F. Cabrer, Compagnie des Lucreries de Porto Rico, Ramos Cortada Co. Carlos Armstrong, Tritae Lunolt Co., Sucesores Mayol Hermanos, Casio Pujol, González Bonnin Co., Sucesores Galet y Arce, Vidal Berdiel Co., P. F. Salazar. Dasi Herman Oliver Co., Felici Co., Morales Co., Sucesión de Juan Serrallés, Carlos Costa, Manuel Mayoral, Crédito y Ahorro Ponceño, Vida Co., Otero y Sobrino, Hijos de Rafael Toro Co. Sucesores Trujillo y Ubiña, F. Parachino Co., Canals Hermanos Co., F.M. Pellegrini, R. Valdecilla Hermanos Co.  A Lucchetti Co., A. Golet Co., J. Juliá Ponce, At. Co., Federico Toro Co., Barquet Hnos., Cartagena Rosaly, Sauri Subirá, [los demás nombres en esta línea están ilegibles] Sucesores de Casanova, Gándara Hnos. 

Fue acuerdo; a petición del Sr. de Diego, secundado, por el Sr. Virella Uribe, que pase a la Comisión de Legislación para su informe.

Leyose por 1ª vez, el H. B. N° 3 del Sr. Soler, “Autorizando a los Ayuntamientos para reformar sus presupuestos para el año económico de 1906-1907”.

El Sr. Soler, pide que se tome en consideración por la sola lectura de su título. Se lee por 2ª vez, el citado H. B. N° 3, y el Sr. de Diego, secundado por el Sr. Virella Uribe, pide pase a la Comisión de Corporaciones Municipales para informe.  Fue acuerdo.

Leyose por 1ª y 2ª vez el C. B. N° 1 Sustituto presentado en el Consejo Ejecutivo por la Comisión de Franquicias, Privilegios y Concesiones, titulado: “Proyecto de Ley para mejorar las facilidades del puerto de San Juan”.

El Sr. Virella Uribe, pide que pase este C. B. N° 1 a la Comisión de Obras Públicas y Hacienda para informe.

Después de un breve debate entre los Sres. Domenech y de Diego, respecto a no usarse en esta Asamblea extraordinaria las reglas de las sesiones ordinarias de la Cámara, se acordó pasara el C. B. N° 1 a la Comisión Conjunta de Obras Públicas y de Hacienda para su estudio e informe.

El Sr. de Diego propone que la Cámara dirija un Memorial al Honorable Secretario del Gobierno de los Estados Unidos Elihut Root, que se encuentra en la ciudad.

El Sr. de Diego lee el “Memorial” 

Al Honorable Elihut Root:

Secretaría de Estado de los Estados Unidos:

La Cámara de Delegados de Puerto Rico, resuelve presentar por intermedio de una Comisión de su seno, al Hon. Elihu Root, Secretario de Estados de los Estados Unidos, poniendo en sus manos la petición siguiente:

El pueblo de Puerto Rico, por memoriales de esta misma Cámara, pidió varias veces la ciudadanía americana y la creación de un Senado Insular, electo por los habitantes del país.

Hoy se reproduce esta suprema aspiración de los puertorriqueños todos, poniéndola al amparo del Poder Ejecutivo Federal y rogando al Hon. Elihu Root, que sea intérprete del pueblo de Puerto Rico, ante el pueblo de los Estados Unidos.

En la alta inteligencia y en los nobles sentimientos de nuestro ilustre huésped, funda la Cámara de Representantes, nuevas y halagadoras esperanzas. Los Estados Unidos, haciendo justicia a Puerto Rico, afirmarán la simpatía que siempre tuvieren en esta isla, podrán presentar a las Repúblicas latinas la gratitud y el cariño de un millón de ciudadanos insulares como un título más a la confianza de América.

San Juan de Puerto Rico
Julio 10 de 1906

El Sr. Domenech, secundado por el Sr. Besosa, pide que la Cámara se declare en receso por quince minutos con el fin de que los Sres. Delegados tengan tiempo para estudiar el documento.  Fue acuerdo.

Reanudada la sesión, pide que se discuta el Memorial en Comisión Total, y toman parte en el debate los Sres. de Diego, Domenech, Besosa, Carrión y Romero Rosa.

Puesto a votación el Memorial, el Sr. Vías Ochoteco pide que la votación se haga por lista, resultando que votaron por la aprobación los señores Arrillaga, Bernardini, Coira, de Diego, Gandía, Giol, González, Fernando, González García, Romero Rosa, Ramos, Santoni, Soler, Virella Uribe, Virella, Federico, Vías Ochoteco, Matienzo Cintrón. Total: diez y seis votos en pro. Votaron en contra los Sres. Aponte, Besosa, Carrión, Domenech, Delgado, Franco Soto, Méndez Serrano. Total: siete votos.

El Sr. de Diego pide que el Speaker nombre la Comisión que ha de entregar el mensaje al Hon. Mr. Root y fueron nombrados los Sres. de Diego, Santoni, Soler, Vías y Romero Rosa.

El Sr. de Diego, secundado por el Sr. Virella Uribe, pide que se suspenda la sesión hasta las tres de la tarde.  Fue acuerdo.

Reanudada la sesión, el Secretario dio lectura al informe de la Comisión de Corporaciones Municipales respecto al H. B. N° 3, proponiendo su aprobación sin enmiendas.  Puesto a votación el informe de la Comisión, fue aprobado.

El Sr. de Diego solicita se ponga a votación en 3ª lectura el H. B. N° 3. Puesto a votación en 3ª lectura el H. B. N° 3, se aprobó por unanimidad.

A petición del Sr. de Diego, secundado por el Sr. Virella Uribe, se suspenda la sesión, para ser reanudada mañana, a las diez de la misma.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 7
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados, los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
Domenech
Giol
García Salgado
Méndez Cardona
Ramos
Virella Uribe


Aponte
Coira
Delgado
González, Fernando
Méndez Serrano
Quintero
Santoni
Virella, Federico E.


Besosa
Carrión
Gandía
González García
Medina
Romero Rosa
Soler
Vías Ochoteco


Se leyó el acta de la Sesión anterior, que fue aprobada.

El Sr. de Diego manifiesta que la Comisión de Legislación está estudiando el Memorial de la Cámara de Comercio de Ponce, y dará en breve, un informe amplio respecto al particular, creyendo que una Comisión de la Cámara debe reunirse con otra del Consejo para solicitar del Hon. Gobernador una ampliación del Mensaje con el fin de que la Cámara pueda, en lo posible, atender las pretensiones expresadas en el Memorial de la Cámara de Comercio de Ponce.

Se acuerda que así se haga, y el Speaker manifiesta que, oportunamente nombrará la Comisión.

Se lee por 3ª vez, el H. B. N° 1, del Sr. de Diego, “Haciendo una asignación adicional para pago de sueldos de la policía Insular”; y puesto a votación, votaron en pro los señores: Arrillaga, Aponte, Bernardini, Coira, Carrión, de Diego, Domenech, Delgado, Gandía, Giol, González, Fernando, González García, García Salgado, Méndez Serrano, Medina, Méndez Cardona, Matienzo, Quintero, Romero Rosa, Ramos, Santoni, Soler, Virella Uribe, Virella, Federico E. y Vías Ochoteco. Total: 25, y en contra, el Sr. Besosa.

El Sr. Presidente nombra en Comisión para entenderse con la del Consejo Ejecutivo, a los señores Arrillaga, Domenech, de Diego, Soler y Gandía.

El Sr. Ramos pide se suspenda la sesión para ser reanudada a las tres de la tarde. Reanudada la sesión se dio lectura, por 1ª vez, al C. B. N° 2, «Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico».

El Sr. Virella Uribe pide pase a la Comisión de Obras Públicas para informe.

Fue acuerdo.

El Sr. de Diego manifiesta, que la Comisión de la Cámara y la del Consejo Ejecutivo, han llegado a un acuerdo en el asunto para que fueren nombrados y que próximamente, será presentado un Bill a la Cámara, reformando algunos extremos del H. B. N° 2, ya presentado.

El Secretario da cuenta a la Cámara, que el Consejo Ejecutivo ha aprobado el H. B. N° 3 con esta enmienda: en lugar de “1806”, Sección 1ª, poner “1906”.

La Cámara concurre.

A petición del Sr. Ramos, secundado por el Sr. Virella Uribe, se suspende la sesión, para celebrar la próxima mañana, jueves a las diez de la mañana.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 8
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados, los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
de Diego
Gandía
García Salgado
Quintero
Virella Uribe


Aponte
Coira
Delgado
González, Fernando
Méndez Serrano
Santoni
Virella, Federico E.


Besosa
Carrión
Franco Soto
González García
Méndez Cardona
Soler
Vías Ochoteco


Se leyó el acta de la sesión anterior, que fue aprobada.

Se presentó la H. J. R. N° 1, del Sr. Vías Ochoteco: “Proveyendo para los gastos necesarios de la sesión extraordinaria de la tercera Asamblea de Puerto Rico”, y el Sr. de Diego pide que se tome en consideración por la sola lectura de su título en 1ª y 2ª lectura.  Fue acuerdo.

El Sr. Virella Uribe, pide que la Cámara se declare en receso con el fin de que la Comisión de Obras Públicas pueda terminar el estudio del C.B.2. Fue acuerdo.

Reanudada la sesión, a las tres de la tarde, el Secretario vuelve a pasar lista, respondiendo los señores siguientes: Arrillaga, Aponte, Besosa, Bernardini, Coira, Carrión, de Diego, Domenech, Delgado, Franco Soto, Gandía, Giol, González, Fernando, González García, Méndez Serrano, Méndez Cardona, Quintero, Romero Rosa, Ramos, Santoni, Soler, Virella Uribe, Virella, Federico E. y Vías Ochoteco.

El Presidente anuncia a la Cámara haber firmado el H. B. N° 3, que pasa a la firma del Presidente del Consejo Ejecutivo.

Se lee una comunicación del Secretario del Consejo Ejecutivo, informando que el Presidente del Consejo Ejecutivo ha firmado el H. B. N° 3.

Diose lectura al C. B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”.

El Sr. de Diego, pide a la Cámara que se discuta este Bill en Comisión Total, sección por sección.  Fue acuerdo.

Levantada la Comisión Total, ésta informa a la Cámara que el C. B. N° 2 ha sido enmendado en la forma siguiente:

Página 2: En la línea 16, en vez de las palabras “la bahía”, escríbase “cualquier puerto”. En la línea 24, en vez de las palabras “Pueblo Viejo”, agréguese “la circunscripción de los demás puertos de la isla será la señalada por los cabos u otras límites naturales o por las obras ejecutadas para la demarcación marítima terrestre”.

Página 3: En la línea 18, sustituir la palabra “castigada”, por “castigado”. En la línea 20, suprimir las palabras: “o persona arrojarán” y escribir en su lugar “arrojará”.

Página 4: En la línea 3, borrar las palabras, “persona encargada” y en su lugar escribir, “encargado”. En la línea 5, sustituir la palabra “castigada”, por “castigado”. En la línea 21, tachar la palabra “los”. En la línea 22, cambiar la  palabra enmendada “seis”, por la original, “tres”. En la líneas 23, borrar las palabras “persona encargada” y sustituirlas por las palabras “encargado”.

Página 5: En la línea 11, borrar las palabras “persona encargada” y escribir en su lugar “encargado”.

Página 7: En la línea 12, después de la palabra “juicio” agregar “y previa notificación”. En la línea 13, borrar las palabras “ni se permitirá”. Las líneas 14 y 15 borrarlas totalmente. En la línea 17, borrar la palabra “cincuenta” y sustituirla por “doscientos”. En la misma línea cambiar el número “50”, por “200” y agregar a continuación las siguientes palabras “o dos meses de cárcel”. En la misma línea suprimir las palabras “por cada día en que”. Las líneas 18 y 19 suprimirlas totalmente. Del mismo modo, borrar el “disponiéndose” después de la línea 19.

Página 8: En la línea 12, borrar las palabras “máxima” y en la misma línea sustituir la palabra “cien”, por “mil”. En la línea 13, sustituir la cantidad “100”, por “1,000” y agregar a continuación lo siguiente: “o un año de prisión, o ambas penas”. Entre las líneas 19 y 20 interlinear el siguiente párrafo: “La infracción de este artículo será castigada con multa de cien dollars (100), o con un mes de prisión”. Suprimir por completo el Artículo 20 comprendido en las líneas 22, 23, 24 y 25.

Página 9: En la línea 1, cambiar el número “27”, por “20”. En la línea 3, borrar las palabras “su propia estima”. En la línea 20, sustituir el número 22, del artículo por el número “21”. Así mismo, en la línea 23, cambiar el número 23 del artículo, por el número “22”.

Página 10: En la línea 2, cambiar el número “24”, por “23” del artículo. En la línea 4, hacer lo propio con el número “25”, sustituyéndolo por “24”. En la línea 10, cambiar el número “26”, por “25”. En la línea 13, hacer lo mismo con el número 27, cambiándolo por “26”. En la línea 20, sustituir el número 28, del artículo por “27” y agregar después de la palabra “servir”, las siguientes: “sin justa causa”. En la línea 25, cambiar el número “29” del artículo, por “28”.

Página 11: En la línea 2, sustituir el número “30”, por “29”. En la línea 4, borrar las palabras “la boya N° 1” y en su lugar escribir “los límites del puerto”. En la línea 5, borrar el número 31 y poner en su lugar “30”. En la línea 6, suprimir las palabras “competencia sea dudosa” y escribir en su lugar: “incompetencia resulte manifiesta”. En la línea 7, cambiar el número 32 del artículo por “31”. En la línea 11, hacer lo propio con el número 33, sustituyéndolo por “32”. En la línea 12, suprimir las palabras: “o de los reglamentos establecidos de”. Así mismo suprimir las palabras, “acuerdo con la misma”, de la línea 13. En la línea 17, sustituir el número “34” por “33”.

Página 12: En la línea 1, cambiar el número “35”, por “34”. Hacer lo propio en la línea 6 con el número “36”, sustituyéndolo por “35”.

Página 13: En la línea 11, después de la palabra “barcos”, añadir las siguientes: “de la armada o bajo el mando”. En la línea 23, sustituir el número “37” del artículo por “36”.

Página 14: En la línea 22, cambiar el número “38” del artículo por “37”. En la línea 15, sustituir el número 39 del artículo por “38”.

Página 16: En la línea 17, borrar la conjunción “y”. En la línea 14, cambiar el número “40”, por “39”. En la línea 29, sustituir el número “41” del artículo por “40”.

Página 17: En la línea 3, cambiar el número “42”, por “41”. En la línea 25, sustituir el número “43”, por “42”.

Página 18: Suprimir por completo el artículo 44, comprendido entre las líneas 4 y 11, inclusive. En la línea 12, cambiar el número “45” del artículo por “43”.

Página 19: En la línea 6, sustituir el número “46”, por “44”. Hacer lo propio en la línea 25, cambiando el número “47”, por “45” y suprimir en esta línea las palabras “y los Reglamentos están”.

Página 29: Suprimir en la línea 1, las palabras: “blecidos en virtud de ellas”. Suprimir por completo los artículos 48 y 49 comprendidos en las líneas 6 y 17, inclusive.

En la línea 28, cambiar el número “50” del artículo por “46”. En la línea 20 hacer lo propio con el artículo “51”, sustituyéndolo por el “47”. Y en la línea 23 borrar el número “52” del artículo por “48”.

El Sr. de Diego pide que se vote definitivamente el C.B. tal como ha sido informado. Se votó por lista dicho C.B. contestando afirmativamente los Sres. Arrillaga, Besosa, Bernardini, Coira, de Diego, Domenech, Delgado, Franco Soto, Gandía, Giol, González, Fernando, González García, García Salgado, Méndez Serrano, Méndez Cardona, Quintero, Ramos, Soler, Virella Uribe, Virella, Federico E., Vías Ochoteco y Presidente; y por la negativa el Sr. Santoni. Total: 21 votos por la afirmativa y uno por la negativa, quedando aprobado el Bill para que pase al Consejo Ejecutivo.

Pónese a votación en 3ª lectura, la H. J. R. N° 1, y quedó aprobada por unanimidad, para que pase al Consejo Ejecutivo.

A petición del Sr. Virella Uribe, se suspende la sesión para celebrar la próxima mañana viernes a las 9 de la misma.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 9
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
de Diego
Franco Soto
González, Fernando
Méndez Serrano
Quintero
Santoni
Virella, Federico E.


Aponte
Coira
Domenech
Gandía
González García
Medina
Romero Rosa
Soler
Vías Ochoteco


Besosa
Carrión
Delgado
Giol
García Salgado
Méndez Cardona
Ramos
Virella Uribe


Se leyó el acta de la sesión anterior, que fue aprobada.

El Sr. Presidente dio lectura a un Mensaje del Honorable Gobernador que dice así:

MENSAJE
A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

Por cuanto se me ha manifestado que existe un gran deseo para, además del puerto de San Juan, mejorar los puertos y bahías de la isla, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 50 del Código Político, recomiendo a la Asamblea Legislativa que considere este deseo de proveer mejoras para algunos de los puertos más importantes de Puerto Rico.

No será posible ahora ocuparse de otros puertos que San Juan, Ponce y Mayagüez. Probablemente, la construcción de un muelle en Ponce y la reparación del existente en Mayagüez será todo lo que el Gobierno Insular podrá emprender actualmente.

(Firmado) Beekman Winthrop
Gobernador

Se lee el H. B. N° 2, titulado: “Proveyendo para la mejora de los puertos de San Juan, Ponce y Mayagüez, y para enmendar la Ley titulada: Ley para autorizar la emisión por el Gobierno de Puerto Rico de bonos montantes a un millón de dollars, y para otros fines, aprobada en Marzo 8 de 1906”.

El Sr. de Diego pide que se tome en consideración por la sola lectura de su título, y se constituya la Cámara en Comisión Total, para su discusión.

Fue acuerdo.

Constituida la Cámara en Sesión formal, se informa a ésta que el H. B. N° 2, ha sido aprobado con las siguientes enmiendas:

Suprimir en la Sección 2ª, las palabras “los de San Juan, Ponce y Mayagüez y de interés local todos los demás” y sustituirlas por las siguientes: “Los habilitados en la actualidad para la importación y exportación, y de interés general preferente, los de San Juan, Ponce y Mayagüez”.

En la Sección 4ª sustituir las palabras “San Juan, Ponce y Mayagüez”, por las siguientes: “interés general”.

En la Sección 5ª, intercalar entre las palabras “dragado y de los muelles”, las que siguen: “las inmediaciones”. Suprimir por completo la Sección 6ª.

Cambiar la Sección 7ª en numeración por 6ª, y sustituir en la misma las palabras “San Juan, Ponce y Mayagüez”, por las de “interés general”.

Sustituir la Sección 8ª por 7ª.

En la Sección 9ª suprimir las palabras “ya sean estos” y “o los”. Añadir, al final del inciso de la misma sección lo siguiente: “Disponiéndose que el procedimiento que se lleve a cabo para la relocalización de este préstamo, sea el mismo que se ha establecido en casos análogos para la emisión de bonos”. Y en el inciso 2, de la misma Sección 8ª, suprimir la palabra “autoridades” escrita entre las palabras “a los” y “de Puerto Rico” y escribir en su lugar, “ciudades”.

En la Sección 10, sustituir la numeración 10 por 9ª. Hacer lo propio con la numeración 11, sustituyéndola por 10, y suprimir en esta sección, después de la palabra “general”, las palabras “el local”; y al final de esta sección, borrar después de la palabra “puerto”, las palabras “nombrando al personal necesario”.

En la Sección 12, sustituir la numeración 12, por 11. Intercalar, después de las palabras, “Ejecutivo” y “en los periódicos”, lo siguiente: “Inmediatamente después de la aprobación de esta Ley”.  Asimismo, intercalar en la misma sección, entre las palabras “concesión” y el “Consejo Ejecutivo”, las siguientes: “Para construir un muelle en San Juan y otro en Ponce y para reparación y terminación del de Mayagüez y emprender la ejecución de las obras”.

Suprimir, al final de dicha sección, las palabras “las reparaciones del muelle en espigón de hierro existente en el puerto de Mayagüez” y escribir en su lugar las siguientes: “la construcción de un muelle en espigón en San Juan y Ponce, y reparar el de hierro espigón en Mayagüez. Disponiéndose que los muelles en espigón que se construyan en San Juan y Ponce estarán cubiertos y serán construidos a prueba de fuego y sus dimensiones no serán menores de 150 metros de largo y 30 de ancho y Disponiéndose además, que sólo se harán las obras autorizadas en el puerto o puertos para el cual o los cuales no se hubiere dado concesión”.

Entre la Sección 12 enmendada por 11 y la 14, intercalar lo siguiente: Sección 12: Se destinan, de la cantidad consignada en la Sección anterior, cien mil dollars ($100,000), o la parte de esta suma que fuere necesaria, para la construcción de un muelle de espigón en el puerto de San Juan; cien mil dollars ($100,000), o la parte de esta suma que fuere necesaria, para la construcción de un muelle en espigón en el puerto de Ponce; cincuenta mil dollars ($50,000), o la parte de esta suma que fuere necesaria, para la reparación del muelle en espigón de hierro existente en el puerto de Mayagüez”.

Cambiar la numeración de la sección 14 por 13, y en la misma sección, sustituir el número 2, de la fecha de la ley de los Estados Unidos por 11.

En la Sección 15, cambiar su numeración por 14. Borrar, en la misma sección, las palabras “la empresa o compañía que ofrezca” y escribir en su lugar: “individuos, municipalidades, corporaciones cuasi- municipales, corporaciones y asociaciones que ofrezcan”.

En la Sección 16, cambiar su numeración por 15. Suprimir en dicha Sección 15, enmendada, todas las palabras que sigan a la palabra “anterior” y escribir en su lugar “sino bajo condición ineludible de abrirlos sin preferencias, al servicio público”. En la Sección 17, cambiar su numeración por 16. En la misma sección, sustituir las palabras “sea leída”, entre “de modo que” y “como sigue”, por “se lea”.

En la Sección 18 sustituir la numeración 18 por 17. En la propia sección, sustituir las palabras “ciento cincuenta mil dollars ($150,000), por “doscientos veinte y cinco mil dollars ($225,000); y así mismo, sustituir las palabras “ochocientos cincuenta mil dollars ($850,000), por “setecientos setenta y cinco mil dollars ($775,000)”. Intercalar entre las secciones 18, enmendada por 17 y la sección 19 del Bill original, las siguientes secciones:

Sección 18: “El producto o rentas del muelle o de los muelles que se construyan con fondos del empréstito (y además los derechos de puerto, multas, arrendamientos de muelles etc.) se restituirán e ingresarán en aquellos fondos, y serán aplicados también, exclusivamente, a la construcción de las carreteras acordadas en la referida Ley del empréstito. Disponiéndose, sin embargo, que tan pronto como se haya reintegrado a dichos fondos la suma dispuesta para la construcción y reparación de muelles, el producto o rentas sucesivas ingresarán en el Tesoro Insular como fondos recibidos en depósito para mejoras de los puertos de interés general”.

Sección 19: “Al hacer las concesiones de que tratan las secciones de esta Ley, el Consejo Ejecutivo dará la preferencia, en igualdad de condiciones, a los ciudadanos de Puerto Rico y los Estados Unidos y a las corporaciones domésticas o corporaciones organizadas con arreglo a las Leyes de Puerto Rico”.

En la Sección 19, cambiar la numeración 19, por 20 y hacer lo propio con la numeración de la precedente sección 20, por 21.

El Sr. de Diego pide que se ponga a votación el Bill, tal como ha sido enmendado en 3ª lectura, para que pase al Consejo Ejecutivo.

Fue acuerdo; y puesto a votación, fue aprobado.

Diose lectura el C.B. Sustituto N° 1, titulado: “Para mejorar las facilidades del puerto de San Juan”, y el Sr. de Diego pide que se discuta en Comisión Total.  Fue acuerdo.

Constituida la Cámara en sesión formal, se da cuenta de haber sido aprobado el C. B. N° 1 Sustituto con las siguientes enmiendas:

Borrar por completo la Sección 2ª y en su lugar escribir la siguiente: “Sección 2ª: Del propio modo, el Comisionado del Interior queda autorizado para ejecutar las obras necesarias al dragado del puerto de Ponce, en cuanto sea indispensable al servicio marítimo, y a este fin, podrá solicitar de las autoridades federales, el permiso competente”.

En la Sección 3ª entre las palabras “la suma de” y “mil dollars. “, suprimir la palabra “cien” y escribir en su lugar la palabra “cincuenta” y añadir al final de la misma sección, el siguiente inciso: “De dicha cantidad de $50,000, la de $20,000 será destinada a las obras del dragado del puerto de Ponce, y la de $30,000 a la construcción de los almacenes a que se refiere la Sección 1ª”.

El Sr. Domenech pide que se ponga a votación en 3ª lectura dicho C. B. N° 1 Sustituto.

Puesta a votación la proposición del Sr. Domenech, fue desechada por mayoría de votos.

Comunicaciones 

Se da lectura a los siguientes:

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo ha aprobado la siguiente H. J. R. N° 1, titulada: “Proveyendo para los gastos necesarios de la sesión extraordinaria de la tercera Asamblea Legislativa de Puerto Rico”, con enmiendas.   Y solicita su aprobación por la Cámara de Delegados.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretari

San Juan, P. R.
13 de julio de 1906 

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo se ha negado a concurrir en las enmiendas de la Cámara, al C. B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”.   Y solicita Conferencia. 

Los Sres. Feville, Falkner y del Valle, han sido nombrados para dicho Comité en representación del Consejo Ejecutivo.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

 

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo ha aprobado el C.B. Sustituto al H. B. N° 1 titulado: “Haciendo una asignación adicional para pago de sueldos a la Policía Insular y para otros fines”.  Y solicita su aprobación por la Cámara de Delegados.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

 

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo se ha negado a concurrir en las enmiendas de la Cámara, al C. B. Sustituto N° 1, titulado: “Para mejorar las facilidades del puerto de San Juan”; y solicita Conferencia. 

Los señores Feville, Willoughby y Sánchez Morales, han sido nombrados para dicho Comité, en representación del Consejo Ejecutivo.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

El Speaker nombra a los Sres. Gandía, Soler, Santoni y Domenech, para que conferencien con la Comisión del Consejo Ejecutivo, sobre las diferencias surgidas con motivo del C. B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”.  Y nombra a los Sres. Gandía, Virella Uribe y Domenech, para la Comisión que ha de conferenciar con la del Consejo Ejecutivo, sobre el C.B. Sustituto N° 1 titulado: “Para mejorar las facilidades del puerto de San Juan”.

El Sr. de Diego (pide que se vote), digo, secundado por el Sr. Virella Uribe, pide que se suspenda la sesión hasta las nueve de la noche. Fue acuerdo.

Se reanuda la sesión a las nueve de la noche y el pasar nuevamente lista, el Secretario, responden los Sres. siguientes:


Arrillaga
Bernardini
Carrión
Delgado
González Fernando
Méndez Cardona
Santoni
Virella, Federico E.


Aponte
Coira
de Diego
Gandía Córdova
González García
Romero Rosa
Soler
Vías Ochoteco


Besosa
Coll Cuchí
Domenech
Giol
Méndez Serrano
Ramos
Virella Uribe


El Sr. de Diego pide que se vote en 3ª lectura el C. B. N° 1 Sustituto, enmendado por la Cámara. Fue acuerdo; y puesto a votación, fue aprobado.

Se lee el C.B. Sustituto al H. B. N° 1, titulado: “Haciendo una asignación adicional para la Policía Insular y para otros fines”.

El Sr. De Diego expone, que cree conveniente que una Comisión de la Cámara se aviste con la del Consejo para que se resuelvan las diferencias que existen entre uno y otro cuerpo, respecto a dicho Bill, y solicita de la Cámara que así se acuerde.  Fue acuerdo.

El Speaker nombra en Comisión a los Sres. de Diego, Aponte y Méndez Cardona.

El Sr. Presidente anuncia a la Cámara haber firmado la H. J. R. N° 1 y pasa a la firma del Presidente del Consejo Ejecutivo.

Se da cuenta por el Secretario, de la siguiente comunicación del Consejo Ejecutivo:

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo ha convenido en conferenciar con respecto a las diferencias que han surgido entre ambas Cámaras, sobre C.B. Sustituto al H. B. N° 1, titulado: “Haciendo una asignación adicional para la Policía Insular y para otros fines”. 

Los Sres. Falkner, Barbosa y Ward han sido nombrados para dicho Comité, en representación del Consejo Ejecutivo.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

Regresa la Comisión que fue nombrada para conferenciar con la del Consejo Ejecutivo respecto al C.B. Sustituto al H. B. N° 1 y el Sr. de Diego manifiesta que no ha sido posible llegar a un acuerdo entre ambas Comisiones, y pide que una nueva Comisión sea nombrada para conferenciar nuevamente, respecto al asunto.

El Sr. Presidente nombra en Comisión a los Sres. Bernardini, Vías Ochoteco y Méndez Cardona.

A petición del Sr. de Diego, se declara en receso la Cámara por breves momentos. Reanudada la sesión, regresa la Comisión, nombrada y anuncia el Sr. Bernardini que se ha llegado a un acuerdo entre ambas Comisiones respecto al C. B. Sustituto al H. B. N° 1, y solicita de la Cámara que concurra a las enmiendas que, de común acuerdo, se han hecho en el proyecto de Ley expresado.

El Sr. Bernardini explica las enmiendas introducidas, que consisten en aumentar a la suma de $50,000, los $40,000 a que asciende lo consignado en dicho C. B. Sustituto al H. B. N° 1, para pago de sueldos a oficiales y guardias de la Policía Insular.

La Cámara vota las enmiendas, y fueron aprobadas, acordándose que así se comunique al Consejo Ejecutivo.

El Sr. Soler da cuenta a la Cámara con el informe de la Comisión de Conferencia sobre el C. B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”.

Lee el informe que dice así:

En la Asamblea Legislativa de Puerto Rico
San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

A la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:

La Comisión de conferencias nombrada para las diferencias existentes entre las dos Cámaras con referencia al proyecto de Ley N° 2, del Consejo Ejecutivo, titulado: “Proyecto de Ley para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”, ruega le sea permitido informar lo siguiente:

Los conferenciantes, por parte del Consejo, están de acuerdo con la enmienda de la Cámara a la Sección 4ª, suprimiendo la palabra “the”, (la) después de la palabra “about” (por), e insertando “any” (cualquier).

Los conferenciantes, por parte del Consejo Ejecutivo, aceptan las enmiendas hecha por la Cámara de Delegados en la Sección 5, del proyecto de Ley con la siguiente modificación en el texto inglés: Que la palabra “circumscription”, sea sustituida por la palabra “limits” y que la palabra “that”, sea sustituida por la palabra “those”.

Se acuerda que una nueva Sección sea introducida, después de la Sección 12 y que se numere Sección 13. La Sección estará redactada como sigue: “Sección 13: Ningún buque tendrá derecho a atracar a los muelles mientras no haya sido solicitado en atraque por el capitán, dueño o consignatario del barco, al capitán de puerto, y habrá de expresarse en la solicitud, el largo, calado, y clase de cargamento. Nadie, sino el capitán de puerto, o el Comisionado del Interior, tienen autoridad para designar lugares de atraque a los buques. Ningún buque al ancla o atracado a un muelle podrá enmendarse sin permiso del capitán de puerto o del Comisionado del Interior.

Toda infracción de lo dispuesto en este artículo, se castigará con multa que no exceda de cien dollars ($100), o con cárcel por tiempo que no exceda de dos meses; o ambas penas.

Cámbiense las Secciones siguientes de conformidad. Se conviene en que la Sección 16, original del proyecto de Ley sea enmendada de modo que quede redactada como sigue: “Sección 17: No se permitirá tender redes en los canales, entradas de puertos o en las bahías, o en los demás lugares, en donde, a juicio del capitán de puerto, tales redes estorben la navegación, y deberán ser éstas retiradas inmediatamente, a virtud de notificación de dicho capitán de puerto.  No se permitirá tampoco la erección de palizadas u obra de madera permanente, en las orillas de los puertos, sin permiso del Consejo Ejecutivo. Por cada infracción de este artículo, incurrirá el causante en multa máxima de doscientos dollars ($200), o será encarcelado por tiempo que no exceda de dos meses”.

Se acuerda que la enmienda hecha por la Cámara a la Sección 18, original del proyecto de Ley, sea modificada de manera que, la última oración de dicha sección, quede redactada como sigue: “Toda infracción de lo dispuesto en este artículo, aparejará  para el patrón del barco una multa que no será menor de doscientos dollars ($200), ni mayor de mil dollars ($1000), o encarcelamiento por un período de tiempo no menor de dos meses, ni mayor de un año, o ambas penas”.

Se acuerda que la enmienda de la Cámara a la Sección 19, original, sea modificada, de manera que la última oración de dicha Sección quede redactada como sigue: “Toda infracción a lo dispuesto en este artículo, aparejará para el patrón del barco, una multa no mayor de cien dollars ($100) o encarcelamiento por tiempo que no exceda de dos meses”.

Los conferenciantes, por parte del Consejo Ejecutivo, aceptan la enmienda de la Cámara referente a suprimir la Sección 20 del proyecto de Ley original.

Los conferenciantes, por parte del Consejo Ejecutivo, están de acuerdo con la enmienda de la Cámara a la Sección 28 original, referente a insertar “without just cause” (sin justa causa), después de la palabra “piloting” (pilotear), en la segunda línea de la misma.

Se acuerda que el párrafo antepenúltimo de la Sección 36 original, se enmiende, de manera que quede redactada como sigue: “Los barcos poseídos o controlados por los Estados Unidos o por los gobiernos extranjeros y todos los yates de placer, estarán exentos de practicaje, a no ser que se utilicen los servicios de un práctico”.

Los conferenciantes, por parte del Consejo Ejecutivo están de acuerdo con la enmienda de la Cámara, referente a suprimir la Sección 44 del proyecto de Ley.  La Cámara retira su enmienda referente a suprimir la Sección 48 original y conviene en que la misma quede con la siguiente modificación: que la oración “Las reglas y reglamentos, cuando sean así establecidas, tendrán efecto y fuerza de Ley”, sea suprimida; y en lo demás, que la Sección quede como fue aprobada por el Consejo en su principio.

La Cámara retira la enmienda que hizo respecto a suprimir la Sección 49 original y conviene en que la misma quede con la siguiente modificación: “Suprimiendo todo lo que hay después de la palabra “dollars”, de modo que quede suprimida la prescripción que autoriza el encarcelamiento.

Numérense todas las Secciones de conformidad.
Respetuosamente sometido:
Conferenciantes por parte De la Cámara:
Ramón Gandía Córdova, Manuel Domenech,
Félix Santoni, Carlos M. Soler.
Conferenciantes por parte Del Consejo Ejecutivo:
Frank Feville, Roland P. Falkner, R. del Valle

Sometido a votación este informe, fue aprobado.

El Sr. de Diego, secundado por el Sr. Virella Uribe, pide a la Cámara que se suspenda la sesión para celebrar la próxima mañana sábado, a las dos de la tarde.  Fue acuerdo.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente  


Día 10
Presidente: Don Rosendo Matienzo Cintrón 

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de julio de mil novecientos seis, se reunieron en el Salón de la Cámara de Delegados los señores siguientes:


Arrillaga
Bernardini
Carrión
Gandía
Méndez Serrano
Ramos
Virella Uribe


Aponte
Coira
de Diego
Giol
Medina
Santoni
Virella, Federico E.


Besosa
Coll Cuchí
Domenech
González García
Romero Rosa
Soler
Vías Ochoteco


El Sr. de Diego pide se suspenda la lectura del acta de la sesión anterior.

Fue acuerdo.

Se leen por el Secretario, las siguientes comunicaciones del Consejo Ejecutivo:

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo ha aprobado el informe de la Comisión de Conferencia, respecto a las diferencias que han surgido entre ambas Cámaras, sobre el H. B. N° 1, titulado: “Haciendo una asignación adicional para la Policía Insular y para otros fines”.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

 

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo ha aprobado el informe de la Comisión de Conferencia, respecto a las diferencias que han surgido entre ambas Cámaras sobre el C. B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”.

Firmado) W. R. Bennett
Secretario  

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Presidente del Consejo Ejecutivo ha firmado la siguiente H. J. R. N° 1, titulada: “Proveyendo los gastos necesarios de la sesión extraordinaria de la tercera Asamblea Legislativa de Puerto Rico”, que se devuelve con la presente.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

San Juan, P. R.
Julio 14 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados que el Presidente del Consejo Ejecutivo ha firmado el siguiente C. B., Sustituto al H. B. N° 1, titulado: “Haciendo una asignación adicional para pago de sueldos de la policía Insular y para otros fines”. 

Que se devuelve con la presente.   

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

San Juan, P. R.
Julio 14 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Presidente del Consejo Ejecutivo ha firmado el siguiente C.B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”.

Rogándole se sirva firmar y ordenar su devolución al Consejo Ejecutivo.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

 San Juan, P. R.
Julio 14 de 1906

Sr. Presidente:

Por orden del Consejo Ejecutivo informo a la Cámara de Delegados, que el Consejo Ejecutivo ha aprobado el siguiente C.B. Sustituto al H. B. N° 2, titulado: “Para el mejoramiento de los puertos de San Juan, Ponce y Mayagüez, y para otros fines”.  

Y solicita su aprobación por la Cámara de Delegados.

(Firmado) W. R. Bennett
Secretario

El Sr. Presidente anuncia a la Cámara que ha firmado el C. B. N° 2, titulado: “Para reglamentar el servicio de muelles y puertos de Puerto Rico”, y el C.B. Sustituto al H. B. N° 1.   El Sr. de Diego pide que se de lectura al C.B. Sustituto al H. B. N° 2. Se da lectura al C.B. Sustituto al H. B. N° 2, y el Sr. de Diego pide a la Cámara que se tome en consideración por la sola lectura de su título, en 1ª y 2ª lectura.  Fue acuerdo.

El Sr. de Diego pide a la Cámara que se discuta en Comisión Total, debidamente secundado.  Fue acuerdo. Constituida la Cámara en sesión formal, el Sr. de Diego da cuenta de haberse pospuesto indefinidamente el C.B. Sustituto al H. B. N° 2, y pide a la Cámara que así lo vote. Puesto a votación, fue pospuesto indefinidamente el C.B. Sustituto al H. B. N° 2.

Se leen por el Secretario, las siguientes comunicaciones del Gobernador:

San Juan
Julio 13 de 1906

A la Cámara de Delegados

San Juan, P. R.

Señores:

Tengo el honor de informar a Uds. que con esta fecha he firmado y aprobado una Ley titulada: “Una Ley autorizando a los municipios para reformar sus presupuestos para el año económico de 1906-1907”.  

Respetuosamente

(Firmado) Beekman Winthrop
Gobernador

San Juan
Julio 13 de 1906

A la Cámara de Delegados

San Juan, P. R.

Señores:

Tengo el honor de informar a Uds. que con esta fecha, he firmado y aprobado una Ley titulada: “Una Ley proveyendo una asignación adicional para la Policía Insular y para otros fines”.

Respetuosamente,

(Firmado) Beekman Winthrop
Gobernador

San Juan, P. R.
Julio 13 de 1906

A la Cámara de Delegados

Señores:

Tengo el honor de informar a ustedes que con esta fecha, he firmado y aprobado una Ley titulada: “Una Ley proveyendo para los gastos necesarios de la sesión extraordinaria de la tercera Asamblea Legislativa de Puerto Rico”.      

Respetuosamente,

Beekman Winthrop
Gobernador

Se da, por el Secretario conocimiento a la Cámara de las cuentas presentadas por el establecimiento “La Mallorquina” de los Sres. Sucesores de Olivas y Co. por servicios prestados a la Cámara de Delegados, durante las sesiones y trabajos celebrados de noche, durante la anterior Asamblea ordinaria y la presente extraordinaria, y el Presidente pide que sean aprobadas para ordenar su pago.  Fue acuerdo.

El Sr. de Diego, pide que una Comisión de la Cámara pase al Consejo Ejecutivo, y le comunique que la Cámara de Delegados ha terminado sus trabajos en esta Asamblea extraordinaria.

El Sr. Presidente nombra a los Sres. Bernardini, Virella Uribe y Coll Cuchí.

De regreso dicha Comisión, el Sr. Bernardini manifiesta que el Consejo Ejecutivo tiene trabajo pendiente y que, tan pronto sea terminado, nombrará una Comisión de su seno, para que en unión de la que designe la Cámara, vaya a la Mansión Ejecutiva a participar al Hon. Gobernador la terminación de los trabajos legislativos.

El Sargento de Armas anuncia a la Cámara una Comisión del Consejo Ejecutivo compuesta de los Sres. Ward, del Valle y Barbosa.  El señor del Valle habla en nombre de la Comisión, manifestando que el Consejo ha terminado sus trabajos y espera que la Cámara nombre una Comisión para que en unión de la designada por el Consejo Ejecutivo, pasen a la Mansión Ejecutiva, a comunicar al Hon. Gobernador, la terminación de los trabajos de la Asamblea.

El Presidente de la Cámara nombra con tal fin, a los señores Arrillaga, González García y Delgado.

Al regresar la Comisión de la Mansión Ejecutiva, el Sr. Arrillaga manifiesta que, la Comisión mixta del Consejo y la Cámara, cumplió su cometido, recibiendo del Hon. Gobernador, felicitaciones por su trabajo.

A proposición del Sr. Domenech, debidamente secundado, la Cámara acordó levantar la sesión sine die; y el Presidente declaró, definitivamente terminada la

SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA TERCERA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO.


F. Matos Bernier
Secretario


R. Matienzo Cintrón
Presidente